SUNAT 1

Nueva prórroga para presentar acogimiento al RAF

Como se recordará, mediante Decreto Legislativo Nº 1487, comentado en un artículo anterior (ir a la nota), se estableció el muevo Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento (RAF) de las deudas tributarias administradas por la SUNAT cuyo acogimiento vencía inicialmente el pasado 31 de agosto. Este plazo fue prorrogado por primera vez hasta el 30 de setiembre de acuerdo con la Segunda Disposición Complementaria Final del D.S. 155-2020-EF, que aprobó el reglamento del RAF.

Mediante D.S. 285-2020-EF, publicado el 28 de setiembre, nuevamente se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2020 el plazo para presentar las solicitudes de acogimiento al RAF. Entre las deudas a acogerse están los pagos a cuenta del IR de enero, febrero y marzo de 2020 cuyo aplazamiento y/o fraccionamiento debe concluir también el próximo 31 de diciembre por lo que recomendamos revisar su pronto acogimiento ya que es una solicitud independiente de las otras tres deudas:

  1. Tesoro Público
  2. Adunas
  3. Essalud

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